Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1789/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, señala que las autoridades recurridas, ahora demandadas, vulneraron el derecho a ejercer la Función Pública, asimismo señala a la seguridad jurídica, porque emitieron las ilegales Resoluciones Municipales 043/2008 y 045/2008, aceptando su supuesta renuncia como Alcalde Municipal de Sica Sica, la misma que nunca presentó, y designando al nuevo Alcalde de ese municipio, además de que nunca se llevó a cabo la sesión ordinaria en la que aparentemente se dictaron las citadas Resoluciones Municipales hoy impugnadas. En ese sentido corresponde en revisión, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela solicitada.
- recurso, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- ii)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2.
- III.3. La reconsideración y su alcance en el área municipal
- III.4. El caso en análisis
- III.5. Dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
- REVOCAR