SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1801/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 3
Con esos antecedentes interpone amparo constitucional contra Moisés Oscar Calderón Camacho, Redy Villazón Solíz, Mario Ayala Tribeño, Luis Camargo Suárez, Presidente, Vicepresidente, Secretario General de Actas respectivamente, de ASHTROPIC; y, Yola Cuellar de Gutiérrez, Deysi Flores Montecinos y María del Carmen García Rojas de Caero, Presidenta, Secretaria de Actas, y Vocal respectivamente, del Comité Electoral de la misma Asociación, solicitando se declare procedente el recurso de amparo constitucional, disponiendo que: a) Se anule las elecciones de Directorio de 8 de abril de 2008; b) El Comité Electoral convoque a nuevas elecciones; y, c) Anule el acta de posesión y complementación de 10 de abril de 2008; sea con costas, daños y perjuicios.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 11
- III. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento; IV. Precisar los derechos o garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados;
- los otros requisitos son los de contenido, tales los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso'
- ni mucho menos precisó qué derechos o garantías considera vulnerados,
- APROBAR