SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1801/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1801/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 5 de mayo de 2008, cursante de fs. 17 a 19, la recurrente señala que, con el objeto de elegir al nuevo Directorio de ASHTROPIC, se conformó el Comité Electoral compuesto por Yola Cuellar Cossío de Gutiérrez, Deysi Flores Montecinos y María del Carmen García Rojas de Caero, quienes sin cumplir con los Estatutos ni Reglamentos Internos, llevaron a efecto las elecciones el 8 de abril del referido, en dicho acto se presentaron como postulantes Oscar Calderón, Mario Ayala y su persona, no existiendo un ganador, porque nadie obtuvo el 50% más uno; por lo que se procedió a la segunda vuelta, llegando a ser los postulantes más votados el primero de los nombrados y la recurrente, con trece y doce votos respectivamente, registrándose dos votos en blanco; es así, que el Comité Electoral, sin obrar con imparcialidad, ni sujetar sus actos y decisiones a los Estatutos Orgánicos, habilitaron y permitieron la posesión de Moisés Oscar Calderón Camacho, Redy Villazón Solíz, Mario Ayala Tribeño, como Presidente, Vicepresidente y Secretario General, sin ser socios fundadores ni afiliados a la Asociación, requisitos indispensables de acuerdo a sus Estatutos y Reglamentos Internos; y que, en el caso de Luís Camargo Suárez elegido como Secretario de Actas, no puede ejercer dicho cargo pues es incompatible por dualidad de funciones; añade que estas irregularidades fueron denunciadas al inicio del acto eleccionario, sin embargo hicieron caso omiso, por lo que al día siguiente presentó carta notarial de impugnación a dicho acto eleccionario.