SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1802/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1802/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

Los recurrentes, ahora accionantes, alegan que la autoridad y el funcionario policial recurridos, hoy demandados, Carlos Oporto Díaz y Silvestre Vallejos, Director y policía de la FELCC, hubiesen vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica y al trabajo, aduciendo que el 24 de abril de 2008, Julian Quispe Caihuara, mientras trabajaba como taxista, en inmediaciones del barrio 27 de Mayo, sufrió un asalto conjuntamente con dos pasajeros que llevaba, por dos personas que se encontraban en motocicletas, habiendo logrado escapar hacia los matorrales; posteriormente, llegó la policía, y lo llevaron a instalaciones de la FELCC, donde realizó su declaración y denunció el hecho, y sin explicación alguna, secuestraron su movilidad, documentos y objetos personales; al día siguiente, mediante memorial dirigido a la fiscal, la esposa del accionante, pide la devolución del vehículo, con el argumento de que el mismo, es el instrumento de trabajo de su esposo, con el cual sustenta a la familia, el 28 de abril la Fiscal de Materia, requiere ante el Director de la FELCC, para la inmediata devolución del vehículo. Corresponde analizar, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.