Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1819/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1.
II.1. El Secretario General del Sindicato de Transportistas Santa Cruz, mediante nota de 1 de agosto de 2006, dirigida a los miembros del Tribunal de Honor del Sindicato de Transportistas Santa Cruz, formuló denuncia por malos manejos administrativos y económicos por parte de los anteriores miembros del Directorio de la gestión comprendida del 11 de noviembre de 2005 al 21 de abril de 2006, entre los que se denuncia al ahora recurrente Raúl Díaz Lascano, adjunta el informe de auditoria realizada por AL-YANK SRL (fs. 2 a 4; 6 a 36).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.3. Excepción al principio de subsidiaridad y tutela provisional
- Fragmento 19
- Resoluciones sancionatorias emitidas por el Tribunal de Honor de un Sindicato de Transportistas, son susceptibles del recurso de apelación, ante el Tribunal de Honor de la Federación Departamental.
- Derecho a recurrir o a la doble instancia
- Fragmento 22
- III.4. El caso en examen
- concedido
- APROBAR