SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1819/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1819/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.3.

II.3.          El 5 de febrero de 2007, se dio aviso de haberse constituido en el domicilio del denunciado a objeto de notificarlo con el Voto Resolutivo, para posteriormente el 8 del mismo mes y año, el Tribunal de Honor del Sindicato de Transportistas Santa Cruz, informar no haber sido habido el denunciante, mereciendo el decreto de 10 de febrero de 2007, que dispone su notificación mediante cédula, la que se practicó el 15 del mismo mes de ese año, ante cuya incomparecencia declararlo rebelde, disponiendo la prosecución del procesamiento y conminando a las partes a ofrecer pruebas, con el que fue notificado el denunciado en la Secretaría del Tribunal de Honor del Sindicato el 5 de marzo de 2005 (fs. 253 a 257).