SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1824/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
concedió
Concluida la audiencia, el Juez Tercero de Partido y de Sentencia de Montero, provincia Obispo Santistevan del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 139 de 16 de abril de 2008, cursante de fs. 50 a 51 vta., concedió el recurso, con el fundamento expuesto en sentido de que el Juez recurrido no se pronunció sobre la oposición a la demanda formulada por el recurrente en representación de Aurelia Hinojosa, dentro del proceso sumario de reconocimiento de unión conyugal libre o de hecho, ignorando su petición en su calidad de madre del fallecido Clemente Soto Hinojosa Illanes, situación vinculada con la SC 0505/2006-R de 31 de mayo, que además al haberlo resuelto con un simple decreto también se conculca la garantía de la tutela judicial y acceso a la justicia efectiva, vinculada con la SC 1496/2005-R de 22 de noviembre y que no puede argumentarse cosa juzgada cuando en la tramitación del proceso o en el fallo mismo se vulneran garantías constitucionales.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- Fragmento 19
- III.3. De las partes de un proceso y la facultad de impugnación
- III.4. Derecho de petición
- III.5. Debido proceso y el derecho a la defensa
- III.6. Análisis del caso concreto
- APROBAR