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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1824/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1824/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

    II.5.

    II.5.    El 23 de febrero de 2008, Aurelia Hinojosa Illanes, en su calidad de única heredera, formuló oposición a la pretensión de la demandante Damiana Rojas Vargas, argumentando que la demanda debió dirigirse contra su persona y que la actora no goza de libertad de estado en base al certificado de matrimonio válido y a la falsedad del de defunción de su esposo (fs. 49 y vta. del anexo) la misma que se corrió en traslado a fs.50 del anexo.

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • a)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.5.
    • II.10.
    • II.12.
    • II.13.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • "accionante"
    • "conceder"
    • Fragmento 19
    • III.3. De las partes de un proceso y la facultad de impugnación
    • III.4.     Derecho de petición
    • III.5.   Debido proceso y el derecho a la defensa
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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