SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1831/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1831/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

Fragmento 2

Dentro de la demanda contencioso tributaria, instaurada a instancias de la Empresa Petrolera Andina S.A. contra la Resolución Determinativa 268/2005 de 23 de septiembre, emitida por la Gerencia de GRACO Santa Cruz del SIN, que conminó a la Petrolera Andina S.A. al pago por concepto de tributos omitidos e intereses la suma de UFV's 55.536.198.- (cincuenta y cinco millones quinientos treinta y seis mil ciento noventa y ocho Unidades de Fomento a la Vivienda) y UFV's 20 951 981.- (veinte millones novecientos cincuenta y un mil novecientos ochenta y uno Unidades de Fomento a la Vivienda) por concepto de sanción, haciendo un total de UFV's 76 488 179.- (setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ciento setenta y nueve Unidades de Fomento a la Vivienda), equivalentes a Bs86 331 443.- (ochenta y seis millones trescientos treinta y un mil cuatrocientos cuarenta y tres bolivianos), conforme lo dispuesto por el art. 58 del Código Tributario de 1992 (CTb.1992), el SIN, a través del Comunicado GNTJCC/DEOCC/C-010/2007 emitido por la Gerencia Nacional Técnico Jurídica y de Cobranza Coactiva, dispuso que durante el primer trimestre de la gestión 2008, se aplicaría una tasa de interés de 9,9%, obligación que debía ser liquidada hasta el día anterior a la fecha de pago preestablecida.