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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1831/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1831/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

    II.6.

    II.6.  La empresa Petrolera Andina S.A., mediante memorial de 5 de marzo de 2008, (fs. 121 a 122) acredita pago total documentado y solicita se dicte auto de conclusión de trámite. La Administración Tributaria responde indicando que, entre el pago efectuado por Andina S.A y el adeudo determinado por el SIN, existiría una diferencia de Bs684 101; por lo que consideran improcedente la emisión del auto de conclusión solicitado.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • 1)
    • i)
    • improcedencia
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • III.3.1. Sobre la seguridad jurídica
    • III.3.2. Sobre la garantía del debido proceso
    • “El pago parcial o total efectuado fuera de término hace surgir, sin necesidad de actuación alguna de la administración tributaria, la obligación de pagar, junto con el tributo, un interés cuya tasa será igual a la tasa activa (…)”
    • APROBAR

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