SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1831/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1831/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Marco Antonio García Rodríguez, recurrente, ahora accionante, en representación de la empresa Petrolera Andina S.A., considera que dentro el proceso de determinación realizada por la Gerencia GRACO Santa Cruz, se procedió a la liquidación de la deuda tributaria conforme a ley y realizo el pago respectivo, comunicando el hecho formalmente al SIN, solicitando se tenga por extinguida la causa; sin embargo, mereció respuesta que declaró improcedente lo incoado, toda vez que, existía diferencia en el pago de la multa sancionatoria, aspecto que fue observado, por cuanto la Administración Tributaria pretende cobrar intereses sobre intereses y la aplicación de una sanción agravada no prevista por ley, cargando del total el imaginario adeudo a una supuesta diferencia en el pago de la “Multa Sancionatoria”, computando como día hábil “el domingo 2 de marzo” y calculando el mantenimiento de valor por ese día, determinando adeudos adicionales; asimismo, respecto a la composición de los intereses determinados por el SIN, este se origina en la ilícita retención de capitalizar intereses (anatocismo), agravar la sanción sin sustento legal y considerar el día domingo como día hábil, siendo estos actos lesivos al derecho a la “seguridad jurídica”, al debido proceso y al patrimonio. En consecuencia, en revisión, corresponde determinar si cuanto se afirma, constituye o no un acto ilegal y lesivo de los derechos y garantía referidos, a fin de ratificar la decisión adoptada por el Tribunal de garantías, respecto a la tutela solicitada.