SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1860/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1860/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Los recurrentes, mediante los memoriales de 19 y 21 de mayo de 2008, cursantes de fs. 24 a 25 vta. y 28, refieren, que la zona más populosa y organizada de Quillacollo, como es la zona norte, no cuenta con un mercado zonal, por lo que haciendo un esfuerzo, compraron dos espacios contiguos que alcanzan a un total de 4.663.17 m2, en el cual decidieron construir un mercado privado, con plano debidamente aprobado por Resolución Técnica 720/01, que tiene como colindancia al norte, la avenida Capitán Arzabe; como efecto de algunos ajustes, quedo una delgada franja en el área diseñada para descanso, que servia de estacionamiento.

Por gestiones y solicitudes de vecinos de las OTB “Constantino Morales” y “Nélida de Guerra”, la Alcaldía pretendió implementar alguna obra en esa área verde. Enterados de esas intensiones, con el motivo de precautelar las áreas de abastecimiento y zonas comerciales de estacionamiento, por memoriales de 12 de febrero y 31 de marzo de 2008 se dirigieron al Alcalde Municipal solicitando información acerca de las obras que se pretendían implementar, las cuales no merecieron respuesta; a su turno, por memoriales de 20 de febrero y 31 de marzo del mismo año, se dirigieron, al Presidente  del Concejo Municipal pidiendo información con respecto a una reformulación de obra a implementarse en el lado norte de su propiedad, solicitudes que tampoco merecieron respuesta.