SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1881/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, denuncia la vulneración de sus derechos a la defensa, a la seguridad jurídica, al trabajo y a recibir una remuneración justa y de la garantía al debido proceso, argumentando que el proceso sumario administrativo que se sustanció en su contra por la supuesta falta de deserción, fue viciado de nulidad porque no fue citado y por defectos procesales que no fueron reparados en las instancias correspondientes, pese a haber sido advertidas de forma expresa; vulnerando a través de estos actos el debido proceso, y el derecho a la defensa del recurrente; además de vulnerar su derecho al trabajo, pues la RA 17/2008, ratificada por la Resolución 120/2008, sanciona con la baja definitiva de la institución, sin derecho a reincorporación; en consecuencia, corresponde, en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías, determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- concedio
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Términos en la presente acción tutelar
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. El debido proceso, el derecho a la defensa y la debida citación
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2°