SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1898/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1898/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

1)

presentando informe oral, manifestando: 1) En ninguna parte de la demanda ni en la exposición del recurso se señala en forma precisa a Sonia Eulogia Luna Calizaya como autora directa o indirecta de los hechos denunciados, pues, no intervino en los mismos; 2) La posesión sobre el inmueble deviene de la documentación con reconocimiento de firmas de 29 y 30 de diciembre de 2006, por la que después de levantar un inventario de la masa sucesoria, le asignaron a su cliente como cuota parte hereditaria del inmueble en el cual los recurrentes se encuentran ocupando habitaciones en calidad de inquilinos, y ratificaron la entrega del inmueble por parte de los recurridos, autorizando a Sonia Eulogia Luna Calizaza a registrar ese inmueble a su nombre; y, 3) Indica que los demás corecurridos se han hecho presentes en el inmueble pidiendo a los inquilinos que desocupen el mismo, y el 10 de marzo del referido año han ingresado, asegurando la puerta principal de acceso, mientras que el 15 y 16 del mismo mes y año han desalojado a los hoy recurrentes, tirando sus cosas al patio y sacando el medidor de luz, pero ella les cobijó a los inquilinos.