SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1898/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.3. Personas recurridas y petitorio
El recurso está dirigido contra Francisca Calizaya Aramayo Vda. de Luna; Santiago Williams, Porfidio, Edin y Sonia Eulogia Luna Calizaya, solicitando se conceda el recurso y se garantice y disponga el libre ingreso al inmueble de referencia, el acceso a sus habitaciones con sus familias, de ser posible con el auxilio de la fuerza pública; se ordene el retiro de candados, cadenas y se entreguen las llaves de las puertas y la restitución de sus muebles; se restituya el servicio de luz y se abstenga a los recurridos de realizar justicia por mano propia o nuevos hechos de despojo, así como se determine la existencia de responsabilidad civil y penal, se califiquen daños y perjuicios y se condene al pago de costas procesales.
- recurso d
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- con lugar”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- No obstante, existen situaciones excepcionales en las que el agotamiento de tales vías implicaría la consumación irreversible de la vulneración del derecho, con el consiguiente daño irremediable, en cuyo caso la tutela resultaría ineficaz, en el que por la existencia de acciones de hecho o justicia directa o a mano propia, que puede ser proveniente de
- SC 0096/2010-R
- III.3.2. En cuanto al derecho a la propiedad privada
- electricidad,
- los propietarios de inmuebles u otras terceras personas no pueden cortar o amenazar cortar dichos servicios, menos utilizarlos como mecanismo de presión para obtener la ejecución de algún acto,
- dicha acción se constituye en un acto arbitrario, ilegal o medida de hecho que indudablemente amerita la tutela directa e inmediata a fin de evitar el abuso de poder frente al usuario o titular del derecho, que al ser elemental y vital en los casos de la vivienda o morada familiar trasciende a otros derechos también fundamentales como ser a la vida, la salud y la dignidad, entre otros
- dignidad,
- III.5. Análisis del caso
- preeminencia de sus derechos,
- ejercitar vías de hecho que causaron lesión a los derechos de los accionantes, sus esposas e hijos, a la dignidad,
- conceder la tutela solicitada
- APROBAR