Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1902/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.2.
II.2. Por memorial de 18 de enero de 2008, Olga Eulalia Flores Plata, solicitó suspensión de la audiencia fijada para el 22 de enero de 2008, en razón a que su abogado patrocinante tenía fijada dos audiencias consecutivas ante le Tribunal de Sentencia de la localidad de Sica Sica, protestando presentar justificación oportunamente (fs. 8 y vta.), mereciendo el decreto que señala: “Se considerará en audiencia de juicio oral en presencia de las partes” (fs. 9).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Tutela judicial efectiva o acceso a la justicia
- En cuanto a la igualdad
- Fragmento 18
- III.3. Del abandono de la querella en delitos de acción penal privada
- III.4. Análisis del caso de autos
- la querellante solicitó actas de garantía y suspensión de audiencia y señalamiento de nuevo día y hora de prosecución del juicio oral por memorial de 18 de enero de 2008, y al no haberse hecho presente en la audiencia de prosecución del juicio oral, justificó su inconcurrencia mediante certificado médico en el recurso de apelación
- POR TANTO