Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1912/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
a)
a) No es evidente que no se haya admitido correctamente el recurso de apelación, pues la modificación de oficio de un auto consentido, mas aún si este auto que esta configurado por el original y el modificado, ha sido impugnado de apelación directa dentro del plazo de diez días, considerando el plazo del auto original como el del modificado, este modificatorio recién se ejecutoria a los diez días como lo ha fundamentado el Tribunal de instancia y la SC 0381/2003 de 26 de marzo, entonces se demuestra que estaba dentro del plazo para presentar la apelación directa.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- i)
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre el derecho al debido proceso
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR