SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1912/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1912/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.2.

II.2. Mediante Auto 585/06 de 28 de septiembre, cursante a fs. 71, la Jueza recurrida señalo que revisado el expediente se ha percatado que en la Resolución de “fs. 1183 a 1185 vta.” se ha incurrido en error en la consignación de la suma de los intereses corrientes y penales en la regulación de los honorarios profesionales, lo cual obliga a ejercitar analógicamente la facultad conferida por el art. 189 del CPC, para evitar perjuicios a las partes. En consecuencia, modificó dicha Resolución en cuanto al monto de la sumatoria de los intereses corrientes y penales, cuyo resultado correcto es $us144 884,62.- (ciento cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y cuatro 62/100 dólares estadounidenses), a partir del cual también se modificó el monto de la complementación de regulación que se halla contenida en el decisorio, a lo que sumada la regulación de “fs. 678 vta.” (sic) que es de            $us19 977,36.- dan como resultado el honorario profesional definitivo que es de $us37 383,51.- (treinta siete mil trescientos ochenta y tres 51/100 dólares estadunidenses).