Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1912/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.6.
II.6. Mediante Auto de Vista 128/2006 de 29 de noviembre, los Vocales recurridos revocaron totalmente los Autos de 20 y 28 de septiembre de 2006, deliberando en el fondo, declararon que los honorarios profesionales del abogado recurrente se encontraban totalmente cancelados en el proceso, según se reconoce en el recibo que cursa a “fs. 1145” (sic) (fs. 255 a 257).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- i)
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre el derecho al debido proceso
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR