SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1918/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1918/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

i)

Por su parte el alcalde recurrido por intermedio de su apoderada, mediante informe escrito cursante de fs. 134 a 135, señaló: i) En ningún momento cursó memorando de agradecimiento de servicios al ahora recurrente y tampoco suscribió ningún contrato de servicios, conforme reconoce en el propio memorial del recurso; ii) La solicitud de reincorporación fue atendida emitiéndose el informe 282/2008 elaborado por el ex asesor del área laboral; y, iii) El recurrente pudo hacer uso de los recursos de revocatoria y jerárquico antes de plantear el presente recurso, por ende no agotó la vía administrativa.