SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1918/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1918/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.7.

II.7.  El 13 de junio de 2008, el Asesor de la Comisión Jurídica emitió el informe de justificación 245-08 de 13 de junio de 2008, a través del cual recomendó denegar la solicitud planteada por el recurrente y otros funcionarios respecto a la reincorporación a su fuente laboral planteada por memorial de 9 de mayo del mismo año, al considerar que se encuentran comprendidos en la clase de funcionarios de libre nombramiento y por ende no están sujetos a las disposiciones que regulan la carrera administrativa. Asimismo, el responsable de la Unidad Administrativa del Concejo Municipal de El Alto, emitió el informe 034/08 de 18 de junio de 2008, mediante el cual aclaró con relación al ahora recurrente, que fue contratado siguiendo el procedimiento establecido en el Reglamento Interno, art. 9 inc. e), aprobado por Resolución Municipal 080/2004, toda vez que dicho instrumento normativo, estuvo vigente hasta el 17 de agosto de 2005, hasta que fue aprobado el nuevo Reglamento Interno el 18 de agosto del indicado año. Ambos informes fueron notificados a los impetrantes el 24 de junio de 2008, en el panel de Secretaría del Concejo Municipal (fs. 13 a 15).