SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1920/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.3. Personas recurridas y petitorio
La recurrente interpone recurso de amparo constitucional contra René Fernández Huallpa, Héctor Enríquez Mendoza, Jorge Barañado Carreón, Benito González Berrios, Francisca Rodríguez Vda. de Rendón, Moisés Mamani Lénis, Rodolfo Peñaranda Medrano y Freddy Rivero Aramayo, miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de COTAP Ltda., respectivamente.
Solicita la restitución inmediata a sus funciones como Vocal del Consejo de Administración de COTAP Ltda., disponiendo la cesación del acto ilegal e indebido provocado por la asamblea General Extraordinaria de 13 de abril de 2007, plasmado en las cartas de 17 de abril y 3 de mayo ambas del 2007, con imposición de costas, daños y perjuicios ocasionados.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- “concederá”
- III.3. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 16
- III.4. El caso de autos
- b)
- Por tanto
- 2°