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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1920/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1920/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

    II.6.

    II.6. Por notas de 4 y 8 de mayo de 2007, dirigidas a los  miembros del Consejo de Administración y Vigilancia, la recurrente reitera su solicitud de reincorporación pidiendo pueda reasumir sus funciones,  al no merecer respuesta, señaló que no puede coadyuvar en ninguna investigación y menos considerar la nota de 7 de mayo, indicando que acudirá a la instancia legal para la defensa de sus derechos (fs. 12 a 13).

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Personas recurridas y petitorio
    • a)
    • 1)
    • procedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de  constitucionalidad
    • “recurso de
    • “accionante”
    • “concederá”
    • III.3. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
    • Fragmento 16
    • III.4. El caso de autos
    • b)
    • Por tanto
    • 2°

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