SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1927/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1927/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Que es el cuarto propietario del inmueble ubicado en el municipio de Yapacaní, barrio Abaroa, Zona Noroeste, Uv.4 manzano 42, lote 15, cuyo derecho propietario se encuentra debidamente registrado en DDRR bajo matricula 7043010001132; menciona que desde 1995 el Gobierno Municipal de Yapacaní pretendió expropiar el inmueble señalado; primero a través de Ordenanza Municipal 06/95 cuando Juan Álvaro Durán Tarabilo era su propietario, declarando por entonces la utilidad e interés social de las áreas circundantes a la avenida Buenos Aires de Yapacaní, con el fin de ampliar la vía. Pero tres años más tarde derogaron la ordenanza mencionada porque se hicieron vencer con el tiempo para su ejecución;  ante esta circunstancia dictan una nueva Ordenanza Municipal, la 03/98 con el mismo fin que la anterior, contraviniendo disposiciones legales, puesto que no se puede expropiar una propiedad dos veces para un mismo fin, advertidos de su error la derogaron también.