SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1927/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución de 6 de diciembre de 2007, cursante de fs. 84 a 86, pronunciada por el Juez de Partido Ordinario y de Sentencia de Portachuelo, de la provincia Sara e Ichilo, del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Alberto Antezana Parra contra Carlos César Rojas Ayala, Margarita Fajardo Cruz, Oscar Enríquez Rodríguez, Sandy García Santos y Jorge Bilbao Hidalgo miembros del Concejo Municipal de Yapacaní, alegando la vulneración de sus derechos a la propiedad privada, a la seguridad jurídica, a la defensa, a la vida ,a la salud, y al trabajo, citando al efecto los arts. 7 incs. a), b), i), 16. II y 22. I de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- prácticamente desaparece su propiedad legalmente adquirida
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- inmediatez.
- en el plazo máximo de seis meses
- 23 de noviembre de 2007
- han transcurrido más de seis meses
- APRUEBA