SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1927/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
prácticamente desaparece su propiedad legalmente adquirida
Posteriormente menciona que cuando adquirió el inmueble de su anterior propietario, “los intereses oscuros de las ordenanzas renacieron, decidiendo el Concejo Municipal ampliar el ancho de la avenida Buenos Aires mediante Ordenanza Municipal 22/06 en la que fijan nueva rasante, línea y nivel de la avenida a veinticuatro metros, con lo que prácticamente desaparece su propiedad legalmente adquirida” (sic); indica además que son afectadas otras propiedades. Todas ellas tienen planos aprobados por el Gobierno Municipal y registro de propiedad en Derechos Reales desde hace más de 15 años.
Señala que la Ordenanza 22/06 viola su derecho a la propiedad privada, a la seguridad jurídica, el derecho a la defensa puesto que no fue notificado en ningún momento para fijar la nueva rasante, viola también el derecho a la vida, la salud, al trabajo, todos ellos protegidos por la Constitución Política del Estado (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- prácticamente desaparece su propiedad legalmente adquirida
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- inmediatez.
- en el plazo máximo de seis meses
- 23 de noviembre de 2007
- han transcurrido más de seis meses
- APRUEBA