Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1953/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
En mérito a la declinatoria de competencia dispuesta mediante Auto de 3 de abril de 2008, de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en favor del Juez de Partido Mixto y de Sentencia de Ivirgarzama, dicha autoridad admitió el mismo y fijó audiencia pública para el 9 de mayo de 2008, llevándose a cabo con la concurrencia del recurrente y los recurridos, y del representante de Iván Villa y representante del Ministerio Público, tal como consta en el acta de fs. 207 a 209, se desarrolló como sigue:
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3.Consideraciones sobre la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- ;
- III.4 Análisis del caso
- REVOCAR