SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1970/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Johnny Vaca Diez Vaca Diez, Jorge von Borries Méndez y Limberg Gutiérrez Carreño, Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y Cinthya Salguero Añez, Jueza Cuarta del Trabajo y Seguridad Social, del mismo Distrito Judicial; solicitando se conceda la tutela, disponiendo se declare nulo el Auto de Vista de 16 de diciembre de 2006, ordenando se dicte uno nuevo reconociendo la universalidad del proceso de concurso de acreedores, con la anulación del proveído de 7 de octubre de ese año, disponiendo la remisión del proceso para su acumulación al concurso de acreedores, al que ya están apersonados voluntariamente los nombrados demandantes.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria, atribución privativa de la jurisdicción ordinaria, no así del Tribunal Constitucional salvo situaciones excepcionales sujeta a ciertas exigencias
- 3)
- SC 0083/2010-R
- tenía la obligación de señalar con precisión los valores supremos o principios fundamentales que en su criterio fueron desconocidos o vulnerados con dicha interpretación, indicando qué principios o criterios interpretativos no fueron empleados en esa labor, además de identificar qué derechos o garantías constitucionales fueron vulnerados y por qué motivos considera que fueron lesionados, explicando de qué manera se habría producido la lesión a sus derechos con la interpretación o aplicación equivocada de disposiciones legales, limitándose a efectuar una relación de los hechos
- III.4.
- APROBAR