Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1992/2010-R
Fecha: 26-Oct-2010
6)
6) En cuanto a lo denunciado por la recurrente, el 30 de enero del 2008, fue interceptada, obligada a firmar su renuncia, y hasta temporalmente secuestrada, que debió ser acreditado de manera fehaciente ya que se trata de una figura penal, que debió ser denunciado ante las instancias correspondientes.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la ciudadanía
- poder público
- III.4. Sobre el silencio administrativo en el caso de la reconsideración
- III.5. Sobre la renuncia al cargo de concejal
- APROBAR