Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1992/2010-R
Fecha: 26-Oct-2010
7)
7) No es evidente que se haya desconocido los requisitos para la presentación de la renuncia, como se evidencia de la nota de renuncia del 30 de marzo de 2008, fue internada el 28 de marzo en la Clínica “Los Olivos”, para su intervención quirúrgica, y fue dada de alta el 30 de marzo, a horas 11:30, por lo que firmó y presentó conjuntamente su suplente la mentada renuncia, ya que también cursa su firma en la nota de presentación, lo que desvirtúa los argumentos de la recurrente.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la ciudadanía
- poder público
- III.4. Sobre el silencio administrativo en el caso de la reconsideración
- III.5. Sobre la renuncia al cargo de concejal
- APROBAR