Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2017/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
denegó
Concluida la audiencia el Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 071 de 19 de mayo de 2008, de fs. 256 a 257, denegó el recurso de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: i) Las autoridades recurridas en la emisión de sus resoluciones han fundamentado y motivado las mismas y que no son evidentes los argumentos sostenidos por los recurrentes. ii) No es de competencia de la justicia constitucional la valoración de la prueba, que es atributo exclusivo de la justicia ordinaria.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- a)
- b)
- d)
- e)
- Fragmento 6
- 1.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Deber de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- III.4. Pertinencia del auto de vista o resolución de segunda instancia
- III.5. El caso analizado
- APROBAR