Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2017/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
II.2.
II.2. Mediante Sentencia 18/2002 de 11 de marzo se declaro probada la demanda ejecutiva e improbada las excepciones opuestas con costas, la que fue recurrida de alzada y confirmada par Auto de Vista 213/2007 de 12 de mayo por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz (fs. 89 a 90, 94 a 95, 98 a 99).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- a)
- b)
- d)
- e)
- Fragmento 6
- 1.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Deber de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- III.4. Pertinencia del auto de vista o resolución de segunda instancia
- III.5. El caso analizado
- APROBAR