SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2023/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2023/2010-R

Fecha: 09-Nov-2010

Fragmento 17

         Por otra parte, en cuanto al argumento del accionante de que tanto el Fiscal General de la República como la representante de APROVER no debieron objetar la Resolución de rechazo 05/2007, por no ser víctimas, querellantes ni denunciantes, es pertinente indicar que este análisis no corresponde, por cuanto a la jurisdicción constitucional no le compete establecer dentro de una investigación penal quiénes se pueden considerar víctimas, querellantes o denunciantes en el caso concreto, dado que esa función corresponde a la jurisdicción ordinaria.