SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2062/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2062/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

b)

b) Mediante Auto Complementario 87/2007 no podía modificarse el fondo de la Resolución 75/2007, menos aún considerar nuevas causas de extinción de la acción penal como pretendían las recurrentes, toda vez que el mismo tenía que circunscribirse a los aspectos cuestionados de la resolución impugnada, en este caso la Resolución 52/2006, pronunciada por el Juez de primera instancia.      

         b) El comportamiento del imputado durante el proceso, en sentido de que la demora en el proceso no debe obedecer “…única y exclusivamente a la dolosa conducta de la parte recurrente, quien, mediante el planteamiento  de improcedentes cuestiones incidentales, de recursos abusivos o provocando injustificadas suspensiones del juicio oral ocasiona el retraso anormal en la tramitación del procedimiento” (BARCELÓ i SERRAMALERA, Mercé y DÍAZ MAROTO Y VILLAREJO, Julio Díaz, op. cit.), y