Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2062/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente ahora accionante por sí y en representación de su hija, sostiene que los recurridos, ahora demandados, lesionaron su derecho a la defensa y debido proceso, toda vez que al dictar la Resolución 75/2007 de 12 de octubre, que revocó la Resolución 052/2006 de 7 de abril, que declaró extinguida la acción penal y la Resolución 87/2007 de 17 de noviembre referida a su explicación, complementación y enmienda; ambas sin la debida fundamentación ni motivación, infringieron su derecho a liberarlas de la acción penal promovida en su contra por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- b)
- c)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre el derecho al debido proceso
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.4. Sobre el derecho a la defensa
- III.5. Sobre el deber de motivación de las resoluciones judiciales
- III.6.Sobre el fundamento de la extinción de la acción penal y la jurisprudencia constitucional sobre el tema
- plazo razonable
- dimensión plural
- cuando la dilación del proceso más allá del plazo máximo establecido, sea atribuible al órgano judicial y/o, al Ministerio Público,
- III.7. El caso analizado
- APRUEBA