Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2071/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve, APROBAR la Resolución 11/2008 de 13 de junio, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. La acción de amparo constitucional y el recurso directo de nulidad
- III.5.1. En cuanto a la aplicación del Manual de Gestión Legal para la Etapa Preparatoria del Juicio en Procesos Penales Aduaneros.
- III.5.2. En cuanto a la vulneración del derecho al juez natural
- APROBAR