SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2071/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2071/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

II.3.

II.3. René Paravicini Guzmán, el 5 de octubre de 2007, manifestando existir silencio administrativo, presentó recurso jerárquico (fs. 193 a 199) que fue admitido mediante Auto SSC/IRJ/AA-113/2007 de 10 de octubre de ese año, de la Superintendencia del Servicio Civil, donde se fijó el término de seis días para la presentación de pruebas (fs. 203 a 204). El 18 de octubre del mismo año, René Paravicini Guzmán, presentó memorial de ratificación de prueba (fs. 248 a 250 vta.) el 26 de octubre presentó  memorial observando que la Resolución que resolvió el recurso de revocatoria fue emitida sin que se haya vencido el término probatorio dispuesto en la admisión del recurso y que recién fue notificado con dicha Resolución el 24 de octubre del ya citado año, observaciones en las que sustenta la existencia de vulneración al debido proceso (fs. 276); así también presentó otros memoriales, todos ellos providenciados por el Intendente de recursos jerárquicos; hasta que finalmente, se emitió la RA SS/IRJ/144/2007 de 3 de diciembre, a través de la cual el Superintendente del Servicio Civil confirmó totalmente la Resolución AN-GEGPC-SM 168/2007 de 12 de septiembre (fs. 326 a 332).