Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2080/2010
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2080/2010

    Fecha: 10-Nov-2010

    II.3.

    II.3.  De fs. 10 a 11 cursa solicitud de reconsideración de la Resolución Municipal 003/2008, presentada por la recurrente ante el Presidente del Concejo Municipal de Antequera. Ante la falta de respuesta dicho pedido fue reiterado mediante  notas de 2 y 12 de marzo, así como de fechas 1 y 8 de abril de 2008 (fs. 10 a 15).

    • recurso d
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • 1)
    • concediendo
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante'
    • III.2.   De las causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • será improcedente cuando el acto posiblemente lesivo ha sido revisado o modificado
    • para la protección de los derechos fundamentales de las personas, cuando los efectos de la resolución o acto impugnado hubieren cesado
    • III.3.   Análisis del caso concreto
    • III.4. De la Resolución del Juez de Garantías
    • POR TANTO
    • 2º
    • 3º  Se llama la atención al Juez de Garantías, Alejandro Llanos Rojas, Juez de Partido Ordinario de Sentencia en lo Penal y Liquidador de las provincias Pantaleón Dalence y Poopó de Caracollo del Distrito Judicial de Oruro

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca