SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2090/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción
En revisión la Resolución 157/2008 de 10 de julio, cursante de fs. 394 a 396, pronunciada por el Juez Tercero de Partido y de Sentencia de El Alto, del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Mario Rojas Fernández contra Luis Julián Choque, Macario Escóbar Ajata, Franklin Yupanqui Calle, Martina Pari Soria y Rosa Mejía Mamani, Concejales del Municipio de Calamarca, alegando la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, al trabajo, al debido proceso y al libre ejercicio de la función pública, citando al efecto los arts. 6, 7 incs. a), d) y j), 16.I, II y IV, 31, 33, 40.2º, 162.II y 200 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- instrumento subsidiario
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR