Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2102/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. Consta la citación del acusado, de 9 de noviembre de 2008, a horas 08:30, en la oficina de la FELCC de Quillacollo, con la orden de citación dispuesta por la Fiscal de Materia recurrida, para que se presente el mismo día a las 11:00, con su abogado defensor, debido a que tenía una denuncia por la comisión de los delitos de abuso deshonesto y tentativa de violación a niña (fs. 11 a 11 vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. El carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, en el supuesto de actuaciones ilegales fiscales y policiales en etapa preparatoria
- Fragmento 16
- II.
- Fragmento 18
- IV.
- III.4. El caso en análisis
- APROBAR