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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2149/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2149/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    POR TANTO

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve:

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • 1)
    • procedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.4.
    • II.7.
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante'
    • Fragmento 11
    • Fragmento 12
    • III.4. El cumplimiento de las resoluciones judiciales,      fiscales y/o administrativas debe ser reclamado a la autoridad que emitió la misma.
    • III.5. El amparo constitucional no tiene como objeto hacer cumplir resoluciones judiciales, fiscales o administrativas.
    • corresponderá que el agraviado interponga la acción de amparo constitucional contra la autoridad que emitió la resolución incumplida a objeto de que esta ejecute sus resoluciones a través de los mecanismos que el orden legal prevé
    • disponga la devolución del vehículo
    • POR TANTO
    • 1º REVOCAR
    • 2º

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