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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2162/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2162/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio

    Con los antecedentes expuestos, interpone recurso de hábeas corpus contra Alejandro Flores Huallpa, Juez Primero de Instrucción en lo Penal y cautelar del Distrito Judicial de Pando; solicitando se declare procedente el recurso y se proceda conforme a ley en el “sentamiento de la audiencia de consideración” (sic).

    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • procedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • acción de libertad
    • ordenar la tutela
    • III.3.
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”
    • los cuales según los antecedentes procesales, no fueron activados no obstante que se constituyen en idóneos, eficaces, oportunos y prontos
    • III.4. Análisis del caso de autos
    • III.5.
    • REVOCAR

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