SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2162/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2162/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.2.

II.2. Mediante edicto librado el 16 de agosto de 2008, el Juez recurrido emplazó al recurrente para que comparezca y asuma defensa en el plazo de diez días desde la publicación de éste ante el Fiscal, con la advertencia de ser declarado rebelde, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, a denuncia de Dulce Jesusa Guzmán Salguero y Abraham Salazar Sosa (fs. 28 a 29 vta.). El Oficial de Diligencias del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal y cautelar, el 13 de agosto de ese año, hizo una representación, en mérito a la cual se informó al Juez recurrido que no se pudo cumplir la diligencia de notificación personal al recurrente, porque pese a haber sido buscado en muchas oportunidades, no fue habido en la ciudad de Riberalta, desconociendo su paradero (fs. 30).