SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2168/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
concedió
El Juez de Partido y de Sentencia de Puerto Acosta, provincia Camacho del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 02/2008 de 25 de septiembre, cursante de fs. 108 a 109 vta., por la que concedió el recurso, anulando las Resoluciones 021/2008 y 023/2008, emitidas por el Concejo Municipal de Aucapata, al igual que todas las Resoluciones pronunciadas por Carolina Suxo Otazo, Gregorio Chuquimia Yujra y Rosa Apaza Cruz a partir del 7 de septiembre de 2007; en base a los siguientes fundamentos: a) Se ha demostrado la actitud repetida de los recurridos Carolina Suxo Otazo, Gregorio Chuquimia Yujra y Rosa Apaza Cruz, encaminada a ocasionar ingobernabilidad en el Gobierno Municipal de Aucapata; b) Los hechos denunciados por el recurrente, no son válidos en un estado de derecho, bajo ninguna circunstancia, más aún cuando se tiene establecido un control de administración específico para la gestión municipal, demostrando falta de seriedad y madurez en el manejo de la cosa pública, vulnerándose los arts. 7 inc. a), 16 y 40 de la CPEabrg, toda vez que, el recurrente fue ratificado como Alcalde, a través de la Resolución Municipal 005/2007, por el “II Período”, incumpliéndose de esta manera la Ley de Municipalidades; y, c) En el contexto descrito, el hecho que el Concejo Municipal de Aucapata, ratificara y reconociera como Alcalde del citado Municipio a Sabino Chambi Callisaya el 5 de julio de 2008, repitiendo las consideraciones efectuadas el 7 de septiembre de 2007, cuando instituyeron como Alcalde a Nicanor Ortíz Aliaga, da lugar al cuestionamiento de la esencia del órgano deliberante y fiscalizador que a su vez implica una objetiva vulneración al derecho a la seguridad jurídica, entendida como la aplicación correcta y coherente en tiempo y espacio de las disposiciones legales.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre la seguridad jurídica
- III.4. Análisis del caso concreto
- reconsideración de las Resoluciones Concejales 021/2008 y 023/2008
- REVOCAR