Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2169/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, plantea recurso de amparo constitucional contra Teófilo Tarquino Mújica, Ángel Irusta Pérez, Ministros de la Corte Suprema de Justicia; y Néstor Enríquez Quiroga, Juez de Partido Liquidador del Distrito Judicial de Cochabamba, solicitando se declare procedente el mismo y se restituya de forma inmediata y oportuna el derecho de libertad física y locomoción de su representado, que ha sido constreñido ilegalmente por más de tres meses y estableciendo en consecuencia la reparación de daños y perjuicios ocasionados por parte de las autoridades recurridas.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- Los funcionarios públicos y personas particulares que recibieren una orden judicial dictada en recurso de Hábeas Corpus o Amparo Constitucional y no la cumplieren y no la hicieren cumplir, serán sometidos a proceso penal, a cuyo efecto se remitirán antecedentes al Ministerio Público'.
- .
- solicitó a la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia,
- APROBAR