Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2169/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.1.
II.1. Dentro del recurso de amparo constitucional presentado por Mauricio Ferdin Humboldt Duarte contra los ex Ministros de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, la Sala Social, Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, concedió el recurso, mediante Resolución 394/2007 de 18 de diciembre, disponiendo se deje sin efecto el Auto Supremo 411-E de 17 de abril de 2007, debiendo emitirse otro por autoridades competentes con una adecuada y debida fundamentación (fs. 4 a 6)
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- Los funcionarios públicos y personas particulares que recibieren una orden judicial dictada en recurso de Hábeas Corpus o Amparo Constitucional y no la cumplieren y no la hicieren cumplir, serán sometidos a proceso penal, a cuyo efecto se remitirán antecedentes al Ministerio Público'.
- .
- solicitó a la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia,
- APROBAR