SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2170/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2170/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.1.

II.1.  El 24 de julio de 2008, el Juez Primero de Instrucción en lo Civil de la provincia de Quillacollo, ordenó el mandamiento de apremio contra Guido Reynaga Calle, para que sea conducido a la cárcel pública de esa ciudad hasta que exhiba tres máquinas industriales del cual es depositario (fs. 14); asimismo, consta en la parte reversa del mandamiento de apremio, que el referido Juez indicó que el funcionario ejecutor del mandamiento de apremio deberá informar ante esa autoridad sobre el apremio bajo su única responsabilidad en el plazo de veinticuatro horas; y, posteriormente consta un decreto de 8 de septiembre de 2008 de horas 18:30, del funcionario policial Reynolds Zanabria Ugalde, quien expresó que en vista de no haber alcanzado a depositar en el Juzgado de Instrucción de lo Civil, al aprehendido Guido Reynaga Calle, por factor de tiempo, dejó en calidad de depósito en las celdas de la FELCC de Quillacollo hasta la primera hora del 9 de septiembre de 2008 (fs. 14 vta.).