SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2170/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2170/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

improcedente”

Mediante Resolución 17/08 de 11 de septiembre 2008, cursante de fs. 21 a 23 vta., pronunciada por la Jueza de Partido Penal Liquidador y de Sentencia de las provincias de Quillacollo y Tapacarí del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró “improcedente” el recurso de hábeas corpus, con el siguiente fundamento: 1) que este recurso extraordinario por sus características no es sustitutivo de otros recursos y tomando en cuenta que el recurrente esta privado de libertad y fue remitido al Ministerio Público, ya no es atribuible al Juzgador Público, su condición de detenido, más aún si cursa en el cuadernillo de investigación a cargo de la Fiscalía, que ya existe imputación formal en el caso de 10 de septiembre de 2008, de lo que se colige que no existe vulneración a su derecho a la libertad por parte de los ahora recurridos; y, 2) Que el recurrente ha sido detenido por mandamiento expedido por autoridad jurisdiccional competente en atención a lo dispuesto por el art. 161 del CPC y fue remitido ante el Ministerio Público, dentro del término legal establecido por la indica norma.