SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2176/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2176/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

se infiere que a momento de sustanciarse la audiencia pública de hábeas corpus el 9 de octubre de 2008, ya se ordenó la libertad de Félix Carlos Jemio Bacarreza, Liquidador del SNC en Liquidación, cesando la vulneración a su derecho a la libertad

Según lo descrito previamente, se infiere que a momento de sustanciarse la audiencia pública de hábeas corpus el 9 de octubre de 2008, ya se ordenó la libertad de Félix Carlos Jemio Bacarreza, Liquidador del SNC en Liquidación, cesando la vulneración a su derecho a la libertad, mediante el Auto de Homologación de 7 del mismo mes y año, pronunciado por el Juez demandado, satisfaciendo el petitorio del accionante, quien solicitó “se ordene la inmediata libertad de mi defendido” (sic), que fue efectivizado a través del mandamiento de libertad correspondiente, también decretado por el demandado Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social. En consecuencia, considerando que los derechos a la libertad física y de locomoción, alegados como conculcados por el accionante en representación de Félix Carlos Jemio Bacarreza, fueron restituidos tras disponerse la libertad de Liquidador del SNC en Liquidación por la misma autoridad demandada en esta acción de libertad, esta eventualidad se traduce en una causal que imposibilita otorgar la tutela constitucional propia de la acción de libertad, al evidenciarse que cesaron los motivos que la fundaron y considerando sus alcances y finalidad, descritos en el Fundamento Jurídico III.2.2 de la presente Sentencia, cuyas condiciones son de aplicación a las particularidades del caso concreto, conforme afirma la SC 0895/2010-R, cuyo texto pertinente se subrayó en el referido Fundamento, advirtiendo la esencia inherente a la tutela que otorga la acción de libertad ante el petitorio de la parte accionante que -en este caso- pretendía que se deje sin efecto el mandamiento de apremio librado contra Félix Carlos Jemio Bacarreza, ordenándose su inmediata libertad; contingencias que se cumplieron tras la emisión del mandamiento de libertad ordenado por la propia autoridad judicial demandada, extinguiendo los motivos que fundaron el entonces recurso de hábeas corpus y en consecuencia, neutralizando el alcance de su tutela sobre el derecho invocado como conculcado.