SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2185/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2185/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

Fragmento 22

          En el caso que motiva esta acción tutelar y en sujeción a los entendimientos jurisprudenciales, se constata que, las supuestas irregularidades denunciadas por el accionante, no tienen relación directa con el derecho a la libertad; por el contrario son cuestiones que atañen al debido proceso, no vinculadas con este derecho; toda vez que, según la jurisprudencia glosada, para que se active la acción de libertad ante la existencia de procesamiento ilegal o indebido, deben concurrir los presupuestos de vinculación directa con la libertad y absoluto estado de indefensión, que no están presentes en el asunto, ya que la privación de libertad, deriva de un proceso penal sustanciado en todas sus instancias, teniendo a la fecha sentencia ejecutoriada; y, en cuya virtud el Juez Tercero de Ejecución Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, libró mandamiento de condena que fue ejecutado el 25 de agosto de 2006, con pleno uso de las facultades que le asigna la ley.